Se dictó sentencia declarándose: PRIMERO: PROCEDENTE la medida cautelar de embargo preventivo solicitada por el ESTADO BOLÍVAR en la demanda por EJECUCIÓN DE CONTRATO DE FIANZA interpuesta contra la sociedad mercantil HISPANA DE SEGUROS, C.A., por el doble de la cantidad demandada la cual asciende a la suma de un millón novecientos veintidós mil trece bolívares con cuarenta céntimos (Bs. 1.922.013,40), además del treinta por ciento (30%) sobre dicho monto por concepto de costas procesales, equivalentes a la cantidad de doscientos ochenta y ocho mil trescientos dos bolívares con un céntimo (Bs. 288.302,01), cuya sumatoria arroja un total de dos millones doscientos diez mil trescientos quince bolívares con cuarenta céntimos (Bs. 2.210.315,40) sobre bienes muebles propiedad de la sociedad mercantil HISPANA DE SEGUROS, C.A. SEGUNDO: ORDENA oficiar a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, a los fines previstos en el artículo 62 de la Ley de la Actividad Aseguradora.