Cumplidos como han sido los extremos exigidos por el Código Civil, para la solicitud de DIVORCIO fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil; este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Extensión Ciudad Bolívar, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con Lugar el DIVORCIO fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil de los ciudadanos: ROGELIO DE JESUS GOMEZ y MIRLA YOMAIRA ALVAREZ VARGAS, identificados en el encabezado de esta sentencia.
Segundo: En consecuencia de ello, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, celebrado en fecha 24 de junio de 2000, por ante el Registro Civil del Municipio Autónomo Heres del Estado Bolívar, tal como se constata del acta de su celebración, quedando anotada en el Acta Nº 253. Libro.....