DECLARA
PRIMERO: Se abstiene de decretar las medidas preventivas de Embargo del 50% sobre el valor de las aportaciones individuales y los excedentes acumulados que le correspondan a la ciudadana MALLERLIS GRISELDA AGUIAR VELASQUEZ, titular de la cedula de identidad N° V-12.280.078, sobre la Asociación Cooperativa Servicios Integrales GER-MAYE 078 y la medida de prohibición de enajenar y gravar sobre el bien inmueble, constituido por una casa con su terreno propio, que mide DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CON TREINTA CENTIMETROS CUADRADOS (298.30 M2), ubicada en la Urbanización "Los Sauces II, calle 4, parcela distinguida con el N°C-40, en la ciudad de San Felipe del estado Yaracuy, solicitada por la abogada REINA ISABEL VILLEGAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 134.033, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano GERMAN ROBERTO GUTIÉRREZ MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.899.726, y domiciliado en la urbanización San José, calle .....