este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRO DE BENEFICIO, presentada por el Defensor Publico Cuarto abogado REYNALDO GOMEZ, a petición de la ciudadana datos omitidos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.437.799, domiciliada en Panchito, calle Principal frente a Mercal, Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, en su condición de madre y representante legal de las niñas Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de 7 y 1 año de edad respectivamente, en virtud de que el ciudadano datos omitidos, quien en vida era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 19.063.....