ACTA DE MEDIACION. En el dia de hoy a las 03:00 p.m, tuvo lugar la prolongaciòn de la audiencia preliminar y visto que la mediación fue positiva y no se vulneraron derechos irrenunciables del ciudadano ANTONIO PASCUAL GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 9.366.187, ni normas de orden público,este Tribunal Homologa los acuerdos alcanzados por las partes en el presente juicio, en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con lo previsto en el artículo 3 Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo, y artículos 10 y 11 de su Reglamento, dándose por concluido el proceso, con la salvedad de que se procederá al archivo del expediente una vez conste en autos el cumplimiento definitivo de lo acordado por las partes.-Se devolvieron las pruebas.-