Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por el abogado JOSE LUIS SALAZAR, en su carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público del Primer Circuito del Estado, en el proceso judicial seguido al ciudadano OBDULIO ANDER MORENO LEON, por su presunta incursión en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EJECUTADO EN OCASIÓN A LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO.
En consecuencia de ello, queda CONFIRMADA en todas sus partes la decisión emitida por el Tribunal Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar, en fecha Nueve de Junio del Año Dos Mil Nueve, (09-06-2009) en ocasión al acto de Audiencia Preliminar, el cual fuere fundamentado en Auto de data 11-06-2009, y mediante el cual el A Quo declaró la procedencia de una Medida Priv.....