Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del de Cujus JIMY RAMON NARAINE, quien era venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad, Nº V-11.210.036, y falleció el día 26/03/2021, en el Hospital Dr. Raúl Leoni Otero de San Félix, Municipio Caroni del Estado Bolívar, según consta en Acta de Defunción signada con el Nº 1008, Libro Nº 06, Año 2021, de fecha 27/03/2021, emanada de la Oficina Nacional de Registro Civil de San Félix, .....