De una revisión realizada a las actas que conforman el presente asunto, observa este Tribunal Declaración de Únicos y Universales Herederos consignada en fecha 13-08-2014, presentada por la representación judicial de la parte actora, en la cual se evidencia las partidas de nacimiento de los menores hijos del de cujus. En tal sentido, este Tribunal Sustanciador, en razón de lo anterior y en atención al contenido de la decisión de fecha 11 de octubre de 2005, número 1367, emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia y ratificada en sentencia de fecha 15 de mayo de 2007, expediente Nº AA60-S-2007-000667, en las cuales se considera que "en aquellas causas de naturaleza laboral en las que figuren niños o adolescentes –bien como demandantes o como demandados-, serán resueltos por los Tribunales del Niño y del Adolescente"; es por lo que este Tribunal en atención al criterio antes trascrito y luego de haber revisado íntegramente las copias cerificadas del expediente.....