ACUERDA HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado se comprometió a aportar la Cantidad de UN MIL BOLIVARES (BS. 1.000,00) QUINCENALES, a partir del quince de septiembre del presente año, que se los entregará directamente a su hijo y le comprará los útiles y uniformes escolares antes de que comiencen las clases, cumplirá con la mitad de los demás gastos de medicinas, asistencia médica, aguinaldos y estrenos en el mes de diciembre. Dicha cantidad corresponde al 23,7% del salario mínimo actual, el cual es de (Bs. 4.251,78) y se incrementará en la medida en que aumente el ingreso que por concepto de sueldos perciba el obligado de autos o el incremento de los ingresos percibidos producto del ejercicio libre de la actividad comercial, todo lo cual está previsto en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y de.....