esta Corte de Apelaciones de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el numeral 8º del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la inhibición presentada por la Abg. MARBELLA GUTIERREZ YGLESIAS, en su condición de Juez Suplente de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio Nº 02 de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en el asunto principal N° UP01-P-2007-002676, seguido contra el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA).