Primero: SU INCOMPETENCIA para conocer el presente asunto en razón al territorio.
Segundo: DECLINAR el conocimiento de la presente causa en un TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DEL ESTADO CARABOBO, por corresponder a uno de esos Tribunales el conocimiento de la causa en razón de la materia, territorio, cuantía y grado del conocimiento.
Tercero: Remítase el presente asunto al Tribunal distribuidor de los TRIBUNALES DE MUNICIPIO ORDINARIOS Y EJECUTORES DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DEL ESTADO CARABOBO, para que aquel a quien corresponda por distribución, conozca del presente asunto.
Líbrese el oficio correspondiente, una vez vencido el lapso legal para interponer los recursos.
Cuarto: No se hace pronunciamiento sobre costas dada la naturaleza de la decisión
Publíquese, regístrese y déjese copia.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordin.....