este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la oposición a la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un bien inmueble de la Sucesión Antonio Ferreira, decretada por este Tribunal en fecha 14 de agosto de 2012, mediante Resolución Nº PJ0662012000131