CON LUGAR, la pretensión de Colocación familiar plasmada en la demanda interpuesta por los ciudadanos ROGER ALBERTO AREVALO BRAVO y ELIDA MILAGROS CASTILLO DE AREVALO, en contra del ciudadano HECTOR ANGEL SIMANCAS CARDOZO.
En consecuencia, SE DECRETA MEDIDA DE PROTECCIÓN DE COLOCACIÓN FAMILIAR, del adolescente (Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), a los ciudadanos ROGER ALBERTO AREVALO BRAVO y ELIDA MILAGROS CASTILLO DE AREVALO, residenciados en la siguiente dirección: Urbanización Marhuanta, Sector Ferrocasa, IV Etapa, Manzana x, Casa Nº 01, Municipio Heres Ciudad Bolívar Estado Bolívar, y su duración se extenderá hasta que se determine que resulta inviable o imposible el restablecimiento de los vínculos entre los ciudadanos HECTOR ANGEL SIMANCAS CARDOZO y el adolescente (Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes),