En virtud de lo anterior, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley,
PRIMERO: DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN y EN CONSECUENCIA EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente demanda por: RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA (DOCUMENTO PRIVADO), incoado por el ciudadano ALDO FRANCISCO ADAMI AZO, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad Numero. V-13.095.957, representante de la empresa ITALMECANICA, S.A, debidamente registrada por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, bajo el Numero 160, Tomo: XXIV, adicional 1 de fecha 29 de julio de 1974 y modificada por ante el Registro Mercantil del Estado Yaracuy, en fecha 22 de agosto de 1995, bajo el N°17, Tomo 21-A y 05 de Marzo de 2007, bajo N°18, Tomo 326-A, represe.....