DECISION
En vista a las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA EL BENEFECIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO AGRICOLA otorgado por auto de fecha 19 de Febrero del 2008 al penado ANGEL ANTONIO MEDINA PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº 15.965.624, de 27 años de edad, de oficio obrero y residenciado en la calle 31, con callejón sin salida o Av. 9, casa sin número cerca de la Panadería Independencia, una cuadra mas arriba del liceo y cerca de Hidropáticos Álvarez, Municipio Independencia del Estado Yaracuy de conformidad con lo establecido en el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal. se acuerda librar la correspondiente Requisitoria y remitirla a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Ministerio de Interior y Justicia. Ofíciese lo conducente a los Cuerp.....