este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante recurrente en contra de la Sentencia dictada en fecha 29/11/2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Ciudad, en la cual declaró Extinguido el Proceso, dada la incomparecencia de ambas partes a la Audiencia de Juicio, en la causa signada con el Nº FP02-L-2011-000026. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido. TERCERO: No hay condenatoria en costas dadas las características del fallo.