Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, presentado por la ciudadana ROSA EMILIA SÁNCHEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.218.922, en su condición de Representante Legal de la ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO FE Y ALEGRÍA, REGIÓN GUAYANA, subvencionada por el Ministerio del Poder Popular para la Educación, debidamente asistida por el abogado JOSÉ GONZÁLEZ DÍAZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 27.234, en contra la CERTIFICACION Nº 0251-2011, de fecha 14-10-2011, dictada por el INSTITUTO DE PREVENCION SALUD Y SEGURIDAD LABORALES, DIRECCION ESTADAL DE LOS TRABAJADORES DE BOLIVAR Y AMAZONAS.
SEGUNDO: Después de haber transcurridos los lapsos recursivos respectivos se ordenará el archivo de .....