Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, las ciudadanas BASTIDAS BAUDIN MIGDALIA ROSA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltera, domiciliada en el sector Guatanquire, calle Santa Inés, casa sin número, Campo Elías, municipio Bruzual, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 10.365.884, y RAMÍREZ MELENDEZ GLADYS JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltera, domiciliada en la urbanización Tricentenario, calle 8, número 0-36, Chivacoa, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 5.500.721, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; D.....