este Juzgador, por cuanto el pedimento es realizado por ambas partes de mutuo y amistoso acuerdo, decide la prolongación de la presente Audiencia Preliminar solicitada para el día viernes, 07 de abril de 2006, a las dos (02:00) horas de la tarde. Igualmente se le concede a las partes, el lapso de media hora de espera acordado previamente por ellas