DECLARA:
PRIMERO: LA PERENCIÓN BREVE, en el juicio de DIVORCIO, que sigue el ciudadano MIGUEL ANTONIO ROMERO GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-826.768, domiciliado en el Centro Profesional Capri, Piso 1, Oficina 1-05, 4ta Avenida entre calles 12 y 13 de San Felipe, representado por su Apoderada Judicial Abg. ROSMERLIN ROJAS, Inpreabogado No. 168.445, contra la ciudadana DELSA MARIA RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.891.870, domiciliado en la Avenida Eduardo Lapi, sector La Ceiba, casa s/n, color blanco, en la esquina que tiene al frente un árbol de Almendrón, en la Parroquia Albarico, Municipio San Felipe, estado Yaracuy.-
SEGUNDO: En consecuencia, se ordena devolver los documentos originales cursante en autos, dejándose en su lugar copia certificada, una vez la parte interesada provea de los emolumentos necesarios para la misma.
TERCERO: Se ordena la notificación de la parte actora o a su apoderad.....