DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano PABLO ALFONSO GONZÁLEZ MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.911.866, domiciliado en la Urbanización San Juan, Calle 1, casa Nº 8100, Municipio Independencia del estado Yaracuy, contra la ciudadana DENNY ISABEL ROJAS AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.966.573, domiciliada en la Urbanización Las Acequias, Bloque Nro. 3, 3er piso, Apto. 0302, Municipio Cocorote del estado Yaracuy. SEGUNDO: CON LUGAR LA RECONVENCIÓN por Divorcio Ordinario, fundada en los ordinales 2° y 6° del artículo 185 del Código Civil, interpuesta por la ciudadana DENNY ISABEL ROJAS AVENDA.....