El Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide PRIMERO: DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA, de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por los hechos ocurridos hechos el día 22-05-2011, en contra del imputado VICTOR ALFONSO VILCHEZ VILORIA, venezolano, natural de Caja Seca, Estado Mérida, titular de la cédula de identidad 23.302.771, de 18 años de edad, nacido en fecha 31-08-92, soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de LUCIA VILORIA (V) de padre desconocido, analfabeta, domiciliado en Sector Edecio La Riva, calle 1, casa S/N, VÌA El Matadero, tucanizon, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Mérida, teléfono 0426-4210627 , de la maña 04247839784 por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sanc.....