DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTOS PRIVADOS. Se dan por reconocidos en su contenido y firma por los demandados de marras, los instrumentos privados siguientes:
a) Documento Privado de CONTRATO DE CESIÓN Y TRASPASO y DOCUMENTO DE VENTA celebrado entre las partes intervinientes en el presente juicio, el primer documento de fecha 16-08-2010, ambos documentos relacionado con unas bienhechurías situadas en Avenida Bolívar entre calles 10 y 11, Sector el Lochal, Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, enclavadas en terreno propiedad municipal, inserto a los folios tres (03) y cuatro (4) del presente expediente, marcados con las letras "A" y "B".
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: SE ORDENA LA DEVOLUCIÓN, previa certificación en actas por Secretaría de los originales insertos en actas.
CUARTO: DE CONFORMIDAD con el .....