Se dictó auto de fundamentación de ratificación de Orden de Aprehensión dictada por necesidad y urgencia, en contra del ciudadano GABRIEL JOSE GONZALEZ GARCIA, de 20 años de edad, de Nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de Identidad Nº V-18.674.299, residenciado en el barrio Libertador, calle José padrón, casa S/N, natural de San Félix, Estado Bolívar; con fundamento en el artículo 250 en su parte in fine del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ZULAY JOSEFINA GOMEZ FIGUEROA, y el delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 43 segundo párrafo de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en todos sus numerales y 251.2 y 3 y 252.2 del COPP.-