DISPOSITIVO
En virtud de los razonamientos anteriores y por unanimidad de sus miembros, este Tribunal Mixto en Funciones de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, por unanimidad de sus miembros, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CULPABLE al ciudadano CARLOS LUÍS LISTA ALFONSO, plenamente identificado en el presente fallo, de la comisión del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 5, en concordancia con los numerales 1, 2 y 3 del artículo 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano Jorge Antonio Velásquez Lozada y en consecuencia lo CONDENA a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRESIDIO más las penas accesorias de ley establecidas en el artículo 13 del Código Penal, así como lo ABSUELVE de la comisión del delito de Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal. No se condena en costas, ni se.....