HOMOLOGA el desistimiento del recurso de la Apelación ejercido en contra del auto dictado en fecha doce (12) de junio del año dos mil quince (2015), por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, y efectuado en fecha veintitrés (23) de septiembre de dos mil quince (2015), por la ciudadana VICTORIA BRICEÑO, en su condición de Apoderada Judicial de la parte demandante.