En conclusión, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral Sede Ciudad Bolívar decide: se admite la recusación propuesta por el ciudadano EDUARDO GOMEZ CEDEÑO, representante legal de la empresa Tasca, Restaurant y Marisquería LA BALLENA C.A. Se ordena la apertura de un cuaderno separado de recusación. Se ordena la remisión de la presente recusación al Juez Superior Cuarto de Ciudad Bolívar. Así se declara.