Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos ALICIA MARGARITA MENDOZA FIGUEIRA y WILFREDO REQUENA BELIZARIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.510.354 y 8.809.938 respectivamente, domiciliados la primera en la Urb. La Ascensión vereda 33 casa Maurali N° 2 municipio San Felipe del estado Yaracuy, y el segundo en la calle 11 entre avenidas 9 y 10 centro profesional Hermagoca oficina 4 San Felipe del estado Yaracuy, debidamente asistidos por el abogado CARLOS JAVIER ABREU MARIN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 128.786. En consecuencia, con respecto al niño de autos, est.....