DECLARA
PRIMERO: SE INSTA A LA PARTE DEMANDANTE, ciudadana MARÍA DEL CARMEN JAIMES DE DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.544.325 y con domicilio procesal en la Avenida Cedeño con Calle 3, Sector Canaima Sur, Municipio Independencia del estado Yaracuy, a consignar en copia certificada el Acta de Matrimonio y en copias fotostáticas las cédulas de identidad y las Partidas de Nacimiento de los hijos que menciona fueron procreados durante la unión conyugal, documental ésta que fue señalada en el escrito de demanda, a los fines del pronunciamiento respectivo.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del presente fallo.