este Tribunal Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Ciudad Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte recurrente contra la decisión dictada en fecha 06 de agosto de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Ciudad, en la causa signada con el Nº FP02-S-2007-005723. SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria que antecede SE CONFIRMA la decisión apelada, en virtud del desistimiento declarado. TERCERO: No hay condenatoria en costas dadas las características del fallo. CUARTO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley de la Procuraduría General de la República, dejándose establecido que una vez que conste en autos la certificación por secretaría de la notificación practicad.....