IV
Este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil y en la sentencia Nº 1070 del 09 de Diciembre del año 2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos: Angélica Lucia Camacho Campos e Yvan Joel Ardon Jiménez, venezolanos, mayores de edad, titular de la Cedula de Identidad No. V- 12.003.631 y V-4.936.063, respectivamente, de este domicilio, y en consecuencia de ello, SE DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial contraído en fecha 01 de Diciembre del año 1.989, acta de Matrimonio No. 818, libro Nº 88, al vuelto del folio 188 al folio 189, del año 1989, por ante el Juzgado de Municipio San.....