En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN EFECTUADA POR EL ABOGADO JOFRE SAVINO, CONTRA LA DECISION DE FECHA 29/01/08, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en el procedimiento de OFERTA REAL Y DEPOSITO seguida por la ciudadana LUISELIS VERONICA DONA SOLE, a favor de la sociedad mercantil PROMOTORA ISLA CORAL, C.A., y la FUNDACION INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITECNICO (FUNDIUP), todos ampliamente identificados en la narrativa de este fallo.
SEGUNDO: SE DECRETA LA NULIDAD DE LA DECISION RECURRIDA DE FECHA 29/01/08, Y DE TODAS LAS ACTUACIONES EFECTUADAS A.....