esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el presente amparo constitucional, bajo la modalidad de HABEAS CORPUS, interpuesto por el Abg. JOSE LUIS ALTUVE AULAR, en su carácter de defensor privado del ciudadano: ALEXANDER CASTILLO RIVAS, titular de la Cédula de Identidad N° 18.758.390, a quien se le sigue asunto penal N° UP01-P-2009-002473,ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 5, de este circuito judicial penal, a cargo del Juez RAUL USECHE, por la presunta comisión del delito de Homicidio previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal. Al haberse constatado que el Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control, no transgredió derecho o garantía constitucional alguna al ciudadano ALEXANDER CASTILLO RIVAS, identificado en autos, ni se extralimito en el ejercicio de sus funciones procediendo dentro de los límites.....