"Este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con Sede en la ciudad de Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley Declara":
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por el Profesional del Derecho: AUGUSTO AZAHUANCHE MAURTUA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.), bajo el núm. 91.888, en representación judicial de la parte actora, en contra del auto dictado en fecha 26 de febrero de 2015, por ante el Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.
SEGUNDO: SE REVOCA EL AUTO RECURRIDO dictado en fecha 26 de febrero de 2015, por ante el Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territor.....