Este Tribunal Cuarto de Control estima procedente decretar Medida de Privación de Libertad del ciudadano Sabino Jesús Acosta, quien deberá ser recluido en el Internado Judicial de Vista Hermosa de esta Ciudad. Cuarto: El procedimiento a seguir será el ordinario, y por ultimo se ordena remitir las actuaciones a la Fiscalía 4ta del Ministerio Público, a objeto de que se continúe con las investigaciones. Quedan las partes notificadas de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
Con la motivación explanada en el curso de la Audiencia y en presencia de todas las partes el juzgador expuso las razones de su convencimiento estimándose que en esta oportunidad de redacción separada del auto no pueden agregarse componentes que no fueron objeto de tratamiento en el curso de la audiencia. Con este auto queda fundamentado el pronunciamiento judicial, conforme a la orientación emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supre.....