VI
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por el ciudadano Arcadio Salas asistido por el Abogado José Díaz, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, en contra la sentencia dictada por el prenombrado Tribunal de Juicio en fecha 11-03-2014, en la Acción de Amparo Constitucional.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el prenombrado Tribunal de Juicio en fecha 11-03-2014, en la Acción de Amparo Constitucional.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto O.....