Por lo antes expuesto, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: "CON LUGAR" la inhibición formulada por la ABG. ABG. YANIRA MERCEDES MARTINEZ MENDOZA, en su condición de Juez Segunda de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión territorial de Puerto Ordaz, para conocer de la causa signada FP11-L-2005-001479, contentivo del juicio incoado por el ciudadano RUBEN RODRIGUEZ contra la Empresa CVG ALCASA C.A.; se ordena remitir copia certificada de esta decisión al Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, extensión territorial Puerto Ordaz.