En virtud de las consideraciones expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA INNOMINADA, a favor de la quejosa HIDROBOLIVAR, C.A., representada judicialmente por los Abogados: ANAILUJ RODRIGUEZ, DARIO ROJAS y MARIA ALEJANDRA FARIA, venezolanos, mayores de edad e inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 85.069, 101.571 y 110.168; en consecuencia SE ORDENA a los presuntos agraviantes: Ciudadanos (as) NORIS CORDERO, STIVEN RODRIGUEZ, CARLOS RIVAS Y LUIS FARIAS, titulares de las cédulas de Identidad Nros. 8.520.782, 24.963.628, 13.273.852 y 14.635.264, pertenecientes a LA ORGANIZACIÓN SINDICAL UNISINRETRAHIDRO—BOLIVAR, abstenerse de obstaculizar o impedir el libre acceso en las entradas y salidas de los trabajadores .....