En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERECIDA la cita de saneamiento interpuesta por la demandada a los efectos de lograr la intervención en el proceso de BANESCO SEGUROS, C.A., y en consecuencia SIN LUGAR, la apelación ejercida por la abogada SOFIA SEISDEDOS, en su carácter de apoderada judicial de la Empresa GLOBAL PARKING DE VENEZUELA, C.A., supra identificados, mediante diligencia inserta al folio 79, de fecha 11 de Noviembre de 2014, en contra del auto dictado en fecha 22/10/2014, por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, inserto a los folio 74 y 75 del presente expediente. Todo ello de conformidad con las disposiciones lega.....