Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: De oficio la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente Interdicción Civil, incoada por la ciudadana Reyes de Jesús Silva Tovar en contra de la ciudadana Luisa Violeta Silva Tovar, conforme a lo previsto en los artículos 267 y 269 de nuestro ordenamiento jurídico civil.