Se publicó Sentencia Interlocutoria con fuerza definitiva, en la cual se declara la PERENCIÓN de la instancia de conformidad con lo establecido en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la notificación de la parte actora y una vez conste en auto la notificación de la misma, sea remitido el presente expediente a la Sede del archivo Judicial.