DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sifontes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la inhibición formulada por la ciudadana FRANNIBEL GREGORIA BOLIVAR BLANCA, en su condición de Alguacila Temporal del Tribunal del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sifontes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en este asunto signado bajo el Nº C-202-2018, contentivo en el asunto de Divorcio por desamor, desafecto e incompatibilidad de caracteres. En consecuencia se designa como Alguacil Accidental para conocer el presente asunto el Asistente Osmar José Espinoza. Tómese nota y déjese copia de la presente decisión.