este Juzgado Segundo (2º) de sustanciación, mediación y ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Bolívar, extensión territorial Puerto Ordaz, visto el acuerdo alcanzado por las partes y en virtud de haber mediado de manera efectiva, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA PRESENTE TRANSACCION COMO POSITIVA y en consecuencia se HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCION, in continente, SE DA POR CONCLUIDA LA MISMA, OTORGANDOLE LA CATEGORIA DE COSA JUZGADA, quedando a salvo el estricto cumplimiento a lo transado en este despacho el día de hoy. Se deja expresa constancia que en este mismo acto se hizo entrega física de todos y cada uno de los escritos de promoción de pruebas presentada por las partes y sus respectivos anexos conforme al acta de Audiencia Preliminar de fecha 6 de Mayo de 2008 las cuales son recibidas por las partes a su entera y cabal satisfacción. TODO DE CONFORMIDAD A LAS ESTIPULACIONES DEL ARTICULO 133 DE LA LEY ORGAN.....