En fuerza de las consideraciones anteriores, este tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara la CONVERSION EN DIVORCIO de la SEPARACION DE CUERPOS aludida en los mismos términos y condiciones señalados, y en consecuencia disuelve el vínculo matrimonial que por ante la Alcaldía del Municipio Heres del estado Bolívar, contrajeran en fecha 31 de marzo de 2006, los ciudadanos WIMBER MANUEL DIAZ RIVERO y NATHALI DEL VALLE DIAZ MENDOZA, ambos plenamente identificados.