Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Piar Y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR la presente acción incoada por la ciudadana: Andreina Del Carmen Brito Guaimare, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.608.515, contra el ciudadano: José Luis Lereico Sevilla, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.542.869, en consecuencia, se acuerda LA NULIDAD ABSOLUTA DEL TITULO SUPLETORIO, el cual fue tramitado por ante este Juzgado, en fecha 04 de Junio del año 2015, y como consecuencia lógica de la voluntad concreta de la ley, contenida en la presente decisión, la NULIDAD DEL ASIENTO REGISTRAL DEL TITULO SUPLETORIO, protocolizado por ante la oficina de Registro Publico del Municipio Piar del .....