DECISIÓN
Con fundamento en los anteriores razonamientos, este Tribunal de Ejecución N° 2 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda: otorgar la suspensión condicional de la ejecución de la pena a : DEIBY JOSE DURAN BONILLA, venezolano, y titular de la Cédula de Identidad N° 15.109.563 venezolano, mayor de edad, mayor de edad, soltero, de oficio Obrero, domiciliado en la Av. 2 entre calles 11 y 12, Barrio Taguanaquire, Chivacoa, Estado Yaracuy, casa S/ N° ,Estado Yaracuy, en los términos y condiciones expresados. Notifíquese a las partes. Fíjese audiencia. REMITASE copia al Ministerio del Interior y Justicia. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Yaracuy a fin de que designe el delegado de prueba que corresponda y remítase copia de la presente decisión. OFICIESE LO CONDUCENTE. CUMPLASE.