Tribunal de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor del penado GUSTAVO YONDER BRAVO titular de la cédula de identidad N° 15.966.740, LA LIBERTAD CONDICIONAL de conformidad con lo establecido en el Artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndosele las condiciones anteriormente señaladas. Remítase copia de la presente Resolución al penado, al Director del Internado Judicial de esta ciudad, al encargado del Destacamento de Trabajo Agrícola, líbrese la correspondiente boleta de excarcelación, notificar al penado, al Fiscal Undécimo del Ministerio Público y a la Defensora Pública Penitenciaria. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
Jueza de Ejecución N° 1
Abg. Jenny Andaluz Affigne
Secretario
Abg. Douglas Fu.....