Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEFENSA PERENTORIA DE LA PRESCRIPCION DE LA ACCION por COBRO DE INDEMNIZACIONES POR INCAPACIDAD DE ORIGEN OCUPACIONAL Y OTROS CONCEPTOS, tiene incoada por el ciudadano NARCISO HERNANDEZ, en contra la empresa SIDOR, C.A., plenamente identificada en autos.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA por COBRO DE INDEMNIZACIONES POR INCAPACIDAD DE ORIGEN OCUPACIONAL Y OTROS CONCEPTOS, tiene incoada por el ciudadano NARCISO HERNANDEZ, en contra la empresa SIDOR, C.A., plenamente identificada en autos.
TERCERO: Se ordena la notificación a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela.
Regístrese, publíquese y déjese copia en el compilador respectivo.
Dada, .....