DECISION
Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 3, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Resuelve: PRIMERO: Se Califica la Detención en Flagrancia de los ciudadanos MENESES ARENAS JOSE GREGORIO. Y MENESES ARENAS JOSE GREGORIO, por el delito de Extorsión y Robo Agravado previsto y sancionado en el articulo 16 de la Ley Especial y articulo 458 del Código Penal, y en cuanto ROJAS ESPINOZA EFIGENIO JOSE, por el delito de Extorsión previsto y sancionado en el articulo 16 de la Ley Especial, por estar lleno los extremos del 248 Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Se Acuerda continuar por la Vía del Procedimiento Ordinario de conformidad con el segundo aparte del 373 de la Norma Adjetiva Penal, por ser el mas Garantista y por cuanto existen actuaciones que practicar. TERCERO: Este Tribunal Acuerda MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, por encontrarse lleno los extremos de los artículos 250 y 251 del Código O.....