Este Tribunal declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos: MAITE MASSIEL ESCALONA ESCALONA, JULIO RAFAEL ESCALONA ESCALONA, EDGAR ALFREDO ESCALONA ESCALONA y ROCIO DEL CARMEN ESCALONA ESCALONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-24.166.311, V-19.973.501, V-23.575.944, y V-23.575.942 respectivamente, en su condición de hijos, de la ciudadana: MARIA MAGALY ESCALONA QUIROZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.653.898, domiciliada en la Barrio Nuevo, Calle La Manga, Casa N° 20, Municipio Urachiche, Estado Yaracuy, fallecida en el Hospital Central Doctor Placido Daniel Rodríguez Rivero, el día 17-09-2012; todo ello sin perjuicio de terceros, de iguales o mejores dere¬chos